El Complemento Carta Porte se implementó como parte de las disposiciones fiscales y aduaneras en México, y es importante considerar que el SAT dio prórroga hasta julio del presente año para exención de multas por errores en Carta Porte como complemento de CFDI.
El Complemento Carta Porte es un archivo electrónico que se debe generar y anexar a la Carta Porte en formato impreso o digital, según lo establecido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en México. Este complemento contiene información detallada sobre la carga transportada, como la descripción de los bienes, su valor, la cantidad y las unidades de medida, así como los datos del transportista, el origen y destino del envío, entre otros.
Beneficios del Complemento Carta Porte
- Conocer el origen y destino de las mercancías, para los casos de verificación aleatorios que permitan anticiparse a los riesgos o amenazas en el traslado.
- Brindar información para establecer estrategias que garanticen la seguridad de tránsito en las distintas rutas.
- Proporcionar elementos a las dependencias públicas responsables de la vigilancia y control de las vías de paso para verificar las mercancías y acreditar su tenencia legal durante su traslado.
- Identificar a detalle las mercancías para tener certeza de lo que se transporta y las rutas que sigue.
- Contar con elementos que permitan verificar las operaciones realizadas por las personas que participan en el traslado de mercancías.
- Fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando.
Modificaciones en la Estructura del Complemento Carta Porte
El 24 de febrero de 2023 se dieron a conocer en el portal del SAT las modificaciones que sufrió la Estructura del Complemento Carta Porte relacionadas con la validación de información en donde destacan los puntos que se indican:
- Se incorpora la validación adicional del campo “ObjetoImp” de acuerdo con la integración de claves en catálogo “c_ObjetoImp” para la versión 4.0 de CFDI y posteriores. – El atributo Objeto del Impuesto es parte de la estructura del CFDI, y es requerido para expresar si la operación comercial es objeto o no de impuesto. En este caso, el atributo debe contener un valor del catálogo c_ObjetoImp.
- Se ajusta la validación del campo “Receptor:Rfc” de acuerdo con las actualizaciones del complemento de Comercio Exterior. – La validación considerada para este atributo consiste en: Cuando el atributo “Comprobante: TipoDeComprobante” contenga el valor “T”, que corresponde a la descripción de “Traslado”, el valor de este atributo debe ser igual al registrado en el atributo “Comprobante: Emisor: Rfc”.
- Se incorporan las claves de servicio en la validación correspondiente a “ClaveProdServCP” 78102201, 78102203, 78102204 y 78102205.- Las claves de los códigos de servicios referidas que son incorporadas en la validación del CFDI cuando sea de tipo “Ingreso” son las que se indican a continuación:

- Se incorpora la convivencia con los complementos Impuestos Locales y Leyendas Fiscales con este complemento.- Se modifica el criterio de validación para quedar de la forma siguiente: “Este complemento puede coexistir con los siguientes complementos: Timbre Fiscal Digital, Comercio Exterior, Persona Física Integrante de Coordinado, Impuestos Locales, Leyendas Fiscales y aquellos complementos Concepto en los que se defina su relación con este complemento”.
- Se ajusta la validación del atributo “Mercancias: TransporteFerroviario: Carro: ToneladasNetasCarro. – La validación considerada para este atributo consiste en: “Cuando exista el nodo “Mercancias:TransporteFerroviario:Carro:Contenedor”, el valor de este atributo debe ser igual a la suma de los valores registrados en kilogramos convertidos a toneladas de los atributos “Mercancias:TransporteFerroviario: Carro:Contenedor:PesoNetoMercancia”.
Vigencia
Del 1 de enero al 31 de julio de 2023, se define como periodo de transición para emitir correctamente el complemento Carta Porte en su versión 2.0, sin que se apliquen multas ni sanciones, en operaciones de comercio exterior, la factura con complemento Carta Porte será exigible a partir del 01 de agosto de 2023.
La correcta aplicación del Complemento Carta Porte es esencial para evitar posibles sanciones y cumplir con las obligaciones fiscales en el transporte de carga. Con un adecuado entendimiento de las claves y prácticas recomendadas, los contribuyentes pueden asegurarse de cumplir con los requisitos establecidos por el SAT y mantener una operación fiscalmente adecuada en el sector del transporte.
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