Ahora podrás legalmente registrar y facturar los servicios de brujería, hechicería, vudú y otras prácticas esotéricas. Recientemente, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha ampliado su catálogo de productos y servicios para incluir trabajos realizados por curanderos, chamanes y expertos en energía, permitiendo a los proveedores de estos servicios emitir facturas legales.
Esta iniciativa tiene como objetivo regularizar la tributación en el ámbito de la medicina alternativa y holística. Aquellas personas que opten por registrarse ante el SAT y ofrezcan servicios relacionados con la curación, hechicería, vudú y trabajo energético, deberán reportar sus actividades y ganancias para cumplir con sus responsabilidades fiscales, incluyendo impuestos como el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) y el ISR (Impuesto Sobre la Renta).
La incorporación de estas prácticas en el Catálogo de Productos y Servicios se encuentra en la categoría de salud, específicamente bajo el grupo de ‘medicina alternativa’. El SAT ha asignado claves específicas para cada tipo de servicio:
- 85141500 – Curanderos
- 85141501 – Servicios de hechiceros o vudús
- 85141502 – Servicios de curanderos
- 85141503 – Chamanes
- 85141504 – Trabajo con la energía
Además de estos, también se pueden facturar servicios relacionados con temas de salud como herbolaria, tratamientos médicos con algas marinas y terapias con fuentes termales.
Para aprovechar los beneficios fiscales al contratar estos servicios y poder deducirlos ante el SAT, es importante utilizar las claves correspondientes al momento de generar las facturas electrónicas. En este proceso, es crucial incluir tanto la Unidad de Medida como la clave del producto o servicio al cual se está haciendo referencia.
De acuerdo con las indicaciones del SAT, no es necesario especificar la clave exacta del producto o servicio, sino que es suficiente con utilizar la clave de la categoría general, en este caso ‘85141500 – Curanderos’. Esta medida simplifica el proceso de facturación y asegura que los contribuyentes cumplan con los requisitos establecidos por las autoridades fiscales.
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